Teniendo en cuenta, que el concepto ESTUDIANTE comprende diferentes supuestos y normas aplicables, a través de varios posts voy a tratar su tipología de forma general.
Al hilo de lo anterior, les diré que será titular de una Autorización de Estancia corta el/la extranjero/a que haya sido habilitado/a a permanecer en España por un período superior a 90 días con el fin único o principal de llevar a cabo actividades de carácter No laboral, así:
Cabe mencionar, que se facilitará la entrada y permanencia en España, de acuerdo a la normativa, a la/os estudiantes extranjera/os que participen en programas de la Unión Europea destinados a favorecer la movilidad con destino a la Unión Europea o en la misma.
Para una atención personalizada y poder asesorarle sobre los documentos que debe presentar para el trámite, solicite cita previa a través del formulario de contacto o del correo electrónico consulta@abogadaluzmosquera.com
Gracias por leernos!
Luz Mosquera
Abogada
LM Abogados & Asociados.