Hay que diferenciar al Trabajador Comunitario, que tiene Derecho Originario a la Libre Circulación, de la de sus familiares que solo ostentan un derecho derivado.
Al hilo de lo anterior, precisar que el Trabajador titular de la libre circulación es el Ciudadano Comunitario que realiza, a favor de un empresario y bajo su dirección, una prestación de servicios o actividades reales y efectivas, no marginales o secundarias, por las cuales, recibe una retribución.
Cabe mencionar, que este concepto es independiente de las definiciones de los Derechos Nacionales y, por lo tanto, incluye a sujetos expresamente excluidos del concepto legal de trabajador (ET art. 1.1), como los funcionarios públicos.
Les remito a un post en google del 9 de octubre de 2019 sobre Residencia en España de los Ciudadanos Comunitario.
En este sentido, la libertad de Libre Circulación implica el Derecho a:
Asimismo, es de anotar que los miembros de la familia de los titulares antes citados que no ostenten la Nacionalidad de un Estado miembro de la UE, EEE o Suiza, están obligados a solicitar y obtener una Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión, la cual, tiene un período de validez de 5 años a partir de la fecha de su expedición.
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Luz Mosquera
Abogada
LM Abogados & Asociados.