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OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN DEL CAMBIO DE DOMICILIO Y DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES

 

Estimada/os Lectora/es,

 

Dada la importancia que tiene para la/os extranjera/os autorizados a permanecer en España de poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la Comisaría de Policía del lugar de su residencia, el cambio de su Domicilio, a continuación haré unas breves precisiones:

 

El Domicilio de las personas naturales es el lugar de su residencia habitual, en consecuencia, es obligatorio comunicar cualquier cambio del mismo, so pena, de incurrir en una Infracción Leve por la omisión o retraso en la comunicación.

 

Por otra parte, tratándose de personas solicitante de Asilo, tienen derecho a la libre circulación en España con la obligación de comunicar sus cambios de domicilio.

 

No obstante, si es una solicitud de Asilo presentada en Ceuta o Melilla, mencionar que se encuentra en trámite un Recurso de Casación objetivo para la formación de jurisprudencia, que determine si es conforme a derecho la inscripción que limita la validez de la documentación acreditativa de su condición de solicitante de Protección Internacional, a Ceuta o en otro caso a Melilla o puede cambiar su domicilio en España a la Península. Os mantendremos informados de su resolución.

 

Por último decir que, según las normas de procedimiento administrativo común, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien intentada ésta no se hubiera podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Tablón Edictal del BOE, con el consiguiente perjuicio para el/la interesado/a si por desconocimiento de esta publicación se venciera el plazo para presentar alegaciones o el Recurso correspondiente.

 

Para mayor información y un asesoramiento personalizado, puede solicitar cita previa a través del formulario de contacto o del correo electrónico consulta@abogadaluzmosquera.com.

 

Gracias por leernos!

 

Luz Mosquera

Abogada

LM Abogados & Asociados.